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OSC’s pueden acceder a donación de mercancías que han perdido su valor

12/03/2003

Ofrece acceso a mercancias

A partir de junio el SAT dio a conocer la medida que beneficia a cientos de OSC que requieren de las mercancías para continuar su causa. (Primer párrafo reformado)
El Centro Mexicano para la Filantropía quiere recordar a las organizaciones de la sociedad civil que desde el 20 de junio de 2002, mediante la Regla Miscelánea 3.1.7, las empresas tienen la obligación de dar aviso sobre las mercancías que pretenden destruir en la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria (SAT) www.sat.gob.mx, a fin de que las donatarias autorizadas puedan solicitar la donación en lugar de la destrucción.

A continuación se transcriben los principales párrafos de esta Regla Miscelánea.

3.1.7 Para los efectos de lo dispuesto por los artículo 61 y 134 del Reglamento de la Ley del ISR, los contribuyentes que presenten el aviso de destrucción de mercancías que han perdido su valor, ya sea de bienes de activo fijo, materias primas, productos en proceso, productos terminados, partes o accesorios, material de empaque, envases u otros, deberán donarlos en cualquier momento previo a la fecha de la destrucción, a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles de conformidad con la Ley del ISR.

Para los efectos del párrafo anterior, el aviso se presentará en la página de Internet del SAT www.sat.gob.mx.

Cuando las instituciones autorizadas para recibir donativos no soliciten la donación de los bienes a más tardar tres días hábiles antes de la fecha de destrucción, el contribuyente efectuará su destrucción de conformidad con el avio presentado.

Tratándose del aviso de donación de bienes que han perdido su valor, éste deberá presentarse en la página de Internet del SAT www.sat.gob.mx en cualquier tiempo, siempre que sea dentro del ejercicio en el que se valla a realizar la donación, a efecto de que el SAT pueda llevara a cabo la publicación en dicha página de Internet. En el aviso se deberá de manifestar los datos a que se refieren las fracciones I, II y III de esta regla..

Para mayor información comuníquese al área jurídica del Cemefi con Consuelo Castro e-mail: ccastro@cemefi.org o al teléfono 5277-6111.

HacesFalta Cemefi

 

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