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¡¡Comunicado urgente!!

13/12/2002

Cemefi Informa

El Cemefi informa que la SHCP dio marcha atrás al requisito de acreditamiento de labores al renovar la autorización para otorgar recibos deducibles del ISR.
El Centro Mexicano para la Filantropía (Cemefi), A.C. tiene el gusto de informar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) atendió la inquietud del Cemefi en torno a la simplificación del trámite que las organizaciones filantrópicas tienen que seguir a fin de renovar la autorización para dar recibos deducibles para el año 2003.

Y es que se eliminó el requisito de presentar el acreditamiento de labores por parte de una entidad pública y ahora las organizaciones tendrán que presentar su escrito de solicitud acompañada de los estatutos estableciendo que no reparten utilidades y que en caso de disolución su patrimonio será transferido a otra organización en forma "irrevocable".

A continuación se transcribe la circular que ha sido publicada en la pagina web del Sistema de Administración Tributaria (SAT):

"A fin de facilitar el trámite de renovación de la autorización para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta para el año 2003, podrá presentarse el escrito de solicitud ante la administración local jurídica que corresponda a su domicilio fiscal hasta el 31 de diciembre de 2002, cumpliendo exclusivamente con la documentación e información a que se refiere el Artículo Vigésimo Segundo Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2002, por lo que para la vigencia del año 2003 no será necesaria la presentación del acreditamiento previsto en la Regla 3.10.3., apartado F, numeral 2, ni el aviso de enero -inclusive para las donatarias autorizadas por primera vez durante el ejercicio fiscal 2002- al que se refiere la Regla 3.10.1., quinto párrafo, de la mencionada Resolución Miscelánea Fiscal.

"Las donatarias autorizadas que no cumplan cabalmente con la información y documentación a que se refiere el Artículo Vigésimo Segundo Transitorio antes señalado, tendrán un plazo de 40 días hábiles -tratándose de requerimientos que ameriten la modificación en las escrituras y/o estatutos- y de 10 días hábiles en los demás casos, siempre y cuando hayan presentado su escrito de solicitud a más tardar el 31 de diciembre de 2002."

Si persiste alguna duda, favor de comunicarse con Consuelo Castro Salinas, coordinadora del área jurídica del Centro Mexicano para la Filantropía (Cemefi) al número telefónico (01 55) 5277 6111 o a la dirección de correo electrónico ccastro@cemefi.org.

HacesFalta Cemefi

 

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