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SSA convoca a OSC a obtener recursos presupuéstales para proyectos de co-inversión

21/08/2006

¡Participa!

Una oportunidad para proyectos relacionados con la prevención y atención de la salud, así como la investigación y capacitación en materia de salud.
La Secretaría de Salud (SSA), a través de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública (APBP), con fundamento en el Artículo 39, Fracción XIII del Reglamento Interior vigente de la SSA, así como en los Manuales internos de la APBP sobre: a) Procedimiento para la Autorización de Asignación de Recursos Presupuéstales a Proyectos de Co-inversión desarrollados por Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro y, b) Procedimiento para la Elaboración y Publicación de Convocatorias en Apoyo a Proyectos en Temas Específicos de Salud, y

CONSIDERANDO

Que la misión de la APBP es generar y canalizar recursos, eficaz y transparentemente a la prevención y atención de la salud de personas en extrema pobreza carentes de seguridad social, así como a la investigación y capacitación en materia de salud; y que su visión es ser una entidad pública de segundo piso, que sirva con calidad a la sociedad mexicana, colaborando en soluciones de alto impacto social en materia de salud para quienes más lo requieren, emite la siguiente:

CONVOCATORIA PÚBLICA

A todas las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro que desarrollen proyectos de co-inversión relacionadas con la prevención y atención de la salud, así como la investigación y capacitación en materia de salud; enfocados a población en situación de vulnerabilidad, para que presenten sus proyectos, en el marco de los siguientes temas prioritarios del Programa Nacional de Salud 2001-2006

TEMAS:

Estrategia 3. Enfrentar los Problemas Emergentes mediante la Definición Explicita de prioridades

3.7 Atender los Problemas de Salud Mental


Estrategia 2. Reducir los Rezagos en Salud que Afectan a los Pobres

2.2 Mejorar la Salud y Nutrición de los Pueblos Indígenas

BASES PARA LA CONVOCATORIA

I. Criterios de Participación.

Podrán participar las Organizaciones de la Sociedad Civil que cumplan con los siguientes criterios:

1.Estar inscritas en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, para lo cual requerirán entre otros, no tener fines de lucro; cumplir con las disposiciones legales vigentes, y tener un objeto social que sea congruente con la prevención, atención, investigación y capacitación en materia de salud.

2. Contar con recibos que cumplan con los requisitos fiscales vigentes (no se aceptarán facturas).

3. No llevar a cabo acciones de proselitismo hacia partido político, sindicato o religión alguna.

4. No tener entre sus directivos o representantes a funcionarios públicos en el Poder Ejecutivo o en cualquiera de los tres órdenes de gobierno; legisladores locales o federales; o funcionarios públicos en el Poder Judicial Federal, Estatal o Municipal.

5. No tener irregularidades o incumplimientos reportados, observaciones de auditorias sin solventar, o cualquier otro tipo de impedimento jurídico administrativo con la APBP, con el Órgano Interno de Control en la SSA, con el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil o cualquier otra dependencia o entidad federal;

6. Presentar sus proyectos dentro de los plazos y en los términos que señale la presente Convocatoria, mediante el Formato Único de Solicitud de Recursos.

II.Documentación Solicitada.

Se otorgarán recursos económicos a las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Ser Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro.
2. Estar legalmente constituidas al menos un año antes de su solicitud.
3. Ser donatarias autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
4. Estar inscrita en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro.
5. Presentar proyectos relacionados con la prevención, atención, investigación y capacitación en materia de salud.

Para comprobar el cumplimiento de los requisitos arriba señalados, la APBP requerirá a las Organizaciones solicitantes entreguen en sus oficinas la siguiente documentación:

1. Carta Solicitud dirigida al titular de la APBP firmada por el Representante Legal, en papel membretado de la institución.

2. “Formato Único de Solicitud de Recursos para Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro” (http://apbp.salud.gob.mx) debidamente requisitado y firmado por el Representante Legal.

3. Copia del Acta Constitutiva que incluya su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la entidad federativa que corresponda.

4. Copia de la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la autorización vigente para expedir recibos deducibles del Impuesto sobre la Renta. En caso de no contar con dicha copia, oficio de autorización emitido por la SHCP.

5. Copia de la Cédula Fiscal y del aviso de apertura que acredite el alta de la Organización en el Registro Federal de Contribuyentes de la SHCP.

6. Estados financieros dictaminados por auditor externo del ejercicio inmediato anterior autorizados por la SHCP (cuando la solicitud de apoyo se presente durante los seis primeros meses se deben entregar los últimos que por disposición fiscal se debieron presentar).

7. Declaración Anual del ejercicio inmediato anterior, con la constancia de recepción de la SHCP, de acuerdo a lo señalado por la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en el momento de la solicitud de apoyo (cuando la solicitud de apoyo se presente durante los seis primeros meses se debe entregar la última que por disposición fiscal se debió presentar).

8. En su caso, copia de las escrituras en que se acrediten los cambios posteriores a su constitución.

9. Copia del Poder Notarial del Representante Legal a la fecha de la entrega del apoyo económico.

10. Copia del acuse de entrega del informe dirigido a la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro, donde se notifica que ha cumplido con las obligaciones señaladas en la Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro.

11. Copia de la Clave Única de Inscripción en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro (CLUNI).

12. Resumen Ejecutivo (anexo a esta Convocatoria).

III. Recepción de Proyectos.

El periodo de recepción de los proyectos será a partir del 14 al 25 de agosto de 2006, en las oficinas de la Administración del Patrimonio de Beneficencia Pública, ubicadas en Aniceto Ortega No. 1321 Primer Piso, Col. Del Valle C.P. 03100, Delegación Benito Juárez, México, D.F., dirigidas mediante oficio al Dr. Luis Ignacio Solórzano Flores, Director General de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública, firmado por el Representante Legal de la Organización, enunciando domicilio completo, número de teléfono, fax y correo electrónico, acompañadas de la información documental a que se refiere el apartado II de la presente Convocatoria, en días hábiles, con un horario de 9:00 a 17:00 horas.

Las propuestas de trabajo podrán entregarse personalmente o por mensajería.

La Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública mantendrá en su poder todos los proyectos de co-inversión enviados.

Las propuestas que sean enviadas por fax o por correo electrónico, serán rechazadas.

IV. Montos de Apoyo y Porcentajes de Co-inversión.

El monto máximo de aportación será hasta por $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), teniendo que aportar la Organización, en el marco de la co-inversión, el equivalente o más del recurso solicitado a la APBP. Asimismo, el apoyo que otorgue la APBP podrá ser hasta el 50 por ciento del costo total del proyecto.

V. Evaluación de los Proyectos.

Se conformarán Comités Evaluadores de acuerdo a cada tema de la Convocatoria, los cuales estarán integrados por especialistas en la materia. Los integrantes de cada Comité podrán ser representantes de la Secretaría de Salud, Dependencias de la Administración Pública Federal relacionadas con temas de salud y/o representantes de la Sociedad Civil Organizada.

La decisión de los Comités de Evaluadores será inapelable.

VI. Información.

La Dirección de Vinculación Social, Filantropía y evaluación del Impacto será la instancia ejecutora de la presente convocatoria.

Es obligación de las Organizaciones conocer: a) Procedimiento para la Autorización de Asignación de Recursos Presupuestales a Proyectos de Co-inversión desarrollados por Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro, b) Procedimiento para la Elaboración y Publicación de Convocatorias en Apoyo a Proyectos en Temas Específicos de Salud, y c) la “Guía para la Administración de Proyectos de las Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro”

Para mayor información, dirigirse a la Subdirección de Acciones de Filantropía, al teléfono 5534-0360, ext. 212, 215 y 216 o bien, a la página electrónica http://apbp.salud.gob.mx

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de éste programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.

Quien haga uso indebido de los recursos de este programa, deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

HacesFalta Cemefi

 

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