La Asociación tiene por objeto el siguiente, siempre y cuando no tenga carácter preponderantemente económico, ni constituya una especulación comercial. I.- EN MATERIA DE ASISTENCIA SOCIAL.- a) Beneficiar a todas las personas, sectores y regiones de escasos recursos en México, comunidades indígenas y grupos o personas en situación de alta vulnerabilidad en razón de edad, género, ideología, condición económica, problemas de discapacidad o discriminación de cualquier índole, para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo. mediante las siguientes actividades: i) La defensa y promoción de los derechos humanos. ii) La promoción de la participación organizada de la población en las acciones que mejoren sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad. iii) Asistencia jurídica y orientación social. iv) La atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, salud y vivienda. v) La orientación social, educación o capacitación para el trabajo. b) Llevar a cabo por si o mediante contratación de los servicios necesarios, publicaciones de revistas, folletos, comunicaciones impresas, y material audiovisual, para la realización y difusión del objeto social de la asociación. Asimismo podrá hacer uso de lo medios electrónicos de comunicación y en general de cualquier medio de comunicación, sujetándose a lo que las leyes de la materia exijan. II.- EN MATERIA CULTURAL: a) Promover y difundir la música, artes plásticas, artes dramáticas, danza, literatura, arquitectura y cinematografía, conforme a la ley que crea al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, así como a la Ley Federal de Cinematografía. b) Apoyar las actividades de educación e investigación artística de conformidad con el numeral anterior. c) Realizar todo tipo de actividades culturales, tales como exposiciones de contenidos gráficos, fotográficos y audiovisuales, la realización de eventos que difundan la cultura de respeto de los derechos humanos.
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